La setmana pasada vaig participar a la jornada que van organitzar PIMEC i IRIS per a presentar als seus clients la solució «pimefactura» y la integració que ha fet IRIS del Microsoft Dynamics NAV.
Categoría: Vivir con menos papel
pimefactura.com: KISS

PIMEC va presentar divendres passat, en el marc d’una jornada organitzada conjuntament amb Firmaprofesional, el seu servei d’emissió de factures electròniques «pimefactura».

Microsoft, Albalia y facturae

Anteayer se celebró en Madrid, organizado por ASIMELEC, el IV Congreso de Factura Electrónica y Digitalización Certificada. Un punto de encuentro ineludible para la «familia» de los que impulsamos la factura electrónica, donde año tras año se pueden comprobar los avances que se realizan. Mi único pero, es que los cuatro congresos se han realizado en Madrid (en algún momento pensé que este IV Congreso nos lo podíamos traer a Barcelona), y en consecuencia, a muchos catalanes nos tocó celebrar la Champions en La Cibeles 😉
- La exposición de Carlos Maza mostró los avances que el Ministerio de Industria entorno a la factura electrónica, y sus previsiones de evolución de facturae. Después del anterior Congreso mostré mis preocupaciones al respecto en un post. Hoy, puedo decir que se han reducido enormemente, y que creo que se està enfocando adecuadamente el camino en la linea de mis reflexiones.
- Por primera vez, la mayor parte del Congreso estubo salpicada por debates sobre la interoperabilidad de las plataformas, incluida una mesa redonda participada por la mayoria de actores relevantes del sector. En él se anunció la iniciativa InvoiceX que hemos impulsado la mayoría de actores y que se ha presentado al Plan Avanza.
- La participación de Microsoft, donde Héctor Sánchez Montenegro anunció la puesta a disposición del Add-in de «facturae» para Word 2007, que hemos desarrollado en ALBALIA. En el hemos utilizado nuestras herramientas BackTrust de firma XAdES, y el código del Add-in se ha publicado mediante licencia de software libre MS-PL en http://factoffice.codeplex.com/. El resultado nos hace sentir orgullosos del esfuerzo.
Régimen Jurídico de la Factura Electrónica
Mi buen amigo David Gracia acaba de publicar el libro «Régimen Jurídico de la Factura Electrónica», editado por la Editorial Bosch, especialista en temas jurídicos. Felicidades David, te ha salido un muy buen trabajo.
Hoy, la factura en papel es una gran anomalía. Las facturas entre empresas, se generan en un sistema informático, se emiten en papel, se transportan físicamente, y el receptor las introduce en otro sistema informático. Es decir, nacen y mueren en sistemas informáticos que utilizan el papel y el esfuerzo humano como sistema de comunicaciones. Ineficaz, ineficiente, costoso y dañino para el medioambiente.
Esto es así, entre otros motivos, porque la factura es el medio de prueba más utilizado para demostrar la existencia de una operación comercial y, en consecuencia, sus requisitos legales son importantes y hacen que muchas empresas consideran más seguro utilizar el papel. La normativa de facturación electrónica viene a solventar esta anomalía, en línea con los objetivos marcados por la Agenda de Lisboa.
No es demasiado habitual que un ingeniero prologue un libro orientado a los profesionales del derecho. Pero como bien dice en su blog, mi colega y amigo Julián Inza, vivimos tiempos en que “todo es electrónico”. Así, hoy es habitual que los ingenieros hablemos sobre temas legales y los abogados hablen sobre temas tecnológicos. Como ejemplo, en los seminarios y conferencias que doy sobre temas de firma, factura o administración electrónica (muchas de ellas compartidas con David Gracia), frecuentemente me toca hablar de conceptos legales e interpretar normas con el fin de garantizar su correcta implementación tecnológica.
Cabe decir, que el camino hasta aquí no ha sido fácil. Todavía recuerdo la primera vez que me enfrenté con la Directiva 1999/93/CE de firma electrónica. Yo, que me consideraba un experto en sistemas PKI y en firma digital, no entendía nada. Pero poco a poco los tecnólogos nos hemos ido formando en conceptos legales, y, a su vez, los profesionales del derecho han ido adquiriendo conocimientos tecnológicos (conozco a muchos profesionales del derecho que son auténticos “friquis” de la tecnología). Esto ha permitido reducir la brecha entre ambas disciplinas y, lo que es más importante, permitir a ciudadanos y empresas, aplicar adecuadamente la tecnología.
En este sentido, la factura electrónica es un gran impulsor de la llamada Sociedad de la Información. Desde la aprobación de la Directiva 2001/115/CE hasta la publicación de la Orden EHA/962/2007, el diálogo entre tecnólogos y profesionales del derecho ha sido constante con el fin de conseguir unas correctas interpretaciones de las normas, y las aplicaciones tecnológicas de las mismas. El presente libro es una magnifica recopilación del resultado de dichos diálogos.
En España, este diálogo continúa actualmente debido a la aprobación reciente de múltiples normas (Ley 11/2007 de administración electrónica, Ley 30/2007 de contratos del sector público, Orden PRE /2971/2007,…). Ahora bien, en este mundo globalizado y, en nuestro caso, debido a nuestra dependencia de la Unión Europea, siempre debemos tener en cuenta lo que se discute más allá de nuestras fronteras. Y, en este sentido, considero que todavía no hemos tomado el camino adecuado.
En los proyectos de implantación de factura electrónica en las empresas, hay dos temas que preocupan especialmente: la firma de las facturas electrónicas y los formatos en que se codifican las facturas (con el fin de que sean interpretables automáticamente por los sistemas informáticos). En ambos casos, nuestra nota es: “necesita mejorar”.
Respecto a la firma de las facturas electrónicas, la redacción de la Directiva 2001/115/CE (refundida en la Directiva 2006/112/CE) fue bastante deficiente. Vincular la firma de las facturas electrónicas a la Directiva 1999/93/CE de firma electrónica fue un error que estamos pagando actualmente. La Directiva de firma electrónica está orientada a conseguir un mecanismo electrónico que permita la equivalencia con las firmas manuscritas de las personas físicas. Pero resulta que las facturas no se deben firmar. En realidad, la voluntad de la Directiva de IVA no era firmar las facturas electrónicas, sino utilizar un mecanismo que permitiera garantizar la autenticidad y la integridad de las mismas; y, si bien es cierto que la firma electrónica lo garantiza, vincularlo al concepto de firma electrónica de la Directiva 1999/93/CE (y en consecuencia, a su equivalencia con la firma manuscrita de las personas físicas) fue un error. Existen otros sistemas de firma digital que, no estando vinculados a la Directiva 1999/93/CE, permiten garantizar la autenticidad y la integridad.
Pero en España, al trasponer la Directiva al Real Decreto 1496/2003, todavía lo complicamos más. En su artículo 18.1.a, se requiere el uso de firma electrónica reconocida (la que tiene equivalencia directa con la firma manuscrita), con los requisitos añadidos sobre el tipo de certificado y del dispositivo de creación de firma. En este sentido, debemos reconocer que, tal como dicen los profesionales del derecho, “a maiori ad minus” y así, las facturas firmadas en España con firma electrónica reconocida, serán aceptadas en el resto de países de la UE.
Ahora bien, la complejidad sobre la firma de las facturas electrónicas no termina aquí. La Orden EHA/962/2007 reconoce como sistemas de firmas válidos para las facturas, además de la firma electrónica reconocida, el resto de sistemas que la AEAT acepta como válidos para las relaciones telemáticas tributarias. Un verdadero lío.
Esta terrible complejidad normativa al respecto de la firma de las facturas ha llevado al Grupo de Expertos nombrado por la comisión europea a considerar que la firma de las facturas electrónicas es un impedimento para su desarrollo y a aconsejar que se elimine dicho requisito. Personalmente no comparto dicha visión, dado el valor como prueba de las facturas, y en consecuencia, debe garantizarse la autenticidad e integridad por ellas mismas, más allá del ámbito puramente tributario. Sin duda, para ello, los mejores sistemas son las firmas digitales, pero sin vincularlo a la normativa de firma electrónica.
Sobre los formatos, en general la normativa específica de factura electrónica no incide. Deja al mercado que se autoregule. En este sentido, tanto en ámbitos mundiales , como en el europeo , existen diversas iniciativas de estandarización con el fin de facilitar el intercambio e interpretación de documentos electrónicos de negocio por parte de los sistemas informáticos. Estos procesos de normalización y estandarización suelen ser complejos y lentos, y, suelen encontrar intereses contrapuestos.
Entre otros motivos, esta complejidad llevó a las entidades financieras españolas , en colaboración con la Agencia Tributaria, a definir el formato de factura CCI-AEAT. Formato que evolucionó hacia el actual “facturae”, obligatorio para la remisión de facturas electrónicas a la Administración General del Estado . Nadie puede negar la importancia que el formato “facturae” está teniendo para el despliegue de la factura electrónica en España. De la misma forma, tampoco nadie puede negar que dicho formato nos convierte en una isla tecnológica. Una vez más, nuestro “ancho de vía” no es el europeo. Esperemos que, la evolución de “facturae”, converja, tal como reclama la Orden PRE/2971/2007 , hacia estándares internacionales y evitemos volver al tópico de que “Spain is different”.
Solo me queda agradecer a David Gracia todo lo aprendido, por ofrecerme la posibilidad de prologar su libro; y felicitarlo por el magnífico trabajo realizado, ya que, con seguridad, el presente libro se convertirá en una herramienta de referencia en el sector, y ayudará a muchos profesionales del derecho a permitir que la sociedad española adopte la factura electrónica y supere la anomalía de la factura en papel.
Registro Civil, en el siglo XIX

Justo estaba pensando con escribir este post, cuando he visto el publicado por Félix Serrano en su blog titulado: «La Administración de los garbanzos«. Da risa pensar que el Registro Civil será capaz de cumplir, el próximo mes de enero, con el nuevo derecho que tenemos los ciudadanos a relacionarnos telemáticamente con las administraciones públicas (Ley 11/2007 dixit).
- Iniciar el expediente de matrimonio en el Juzgado de Paz de Badia del Vallés, que al ser más pequeñitos parece que son más ágiles.
- Convertirnos en los aportadores oficiales de documentación al Registro Civil, realizando no menos de diez trámites entre registros civiles y ayuntamientos para ir montando el expediente.
Hablando de eAdministración en el Banco de España
Escribo este post desde el Banco de España donde estamos dando un seminario de eAdministración con mis colegas Julián Inza y Fernando Pino.
- Identidad Digital y DNIe
- Implementación del Perfil del contratante
- Facturación Electrónica en el sector público.
- Claves para implementar procesos telemáticos.
- Notificaciones fehacientes por vía telemática.
- Compulsa Electrónica y Digitalización Certificada
- Archivo de Constancias Electrónicas y Carpeta Ciudadana
- Registro Telemático,
- Interoperabilidad entre Administraciones Públicas.
Por una vida más frugal – Nicolas Ridoux
encanta la web 2.0, especialmente por su capacidad de hacer fluir las ideas.

- «No hay que elegir entre crecimiento o decrecimiento, sino más bien entre decrecimiento y recesión. Si las condiciones ambientales, sociales y humanas impiden que siga el crecimiento, debemos anticiparnos y cambiar de dirección. Si no lo hacemos, lo que nos espera es la recesión y el caos.»
- «Hay que acabar con la idea de que «el crecimiento es progreso» y la condición sine qua non de un desarrollo justo. … es ilusorio pensar que, para que todo el mundo tenga trabajo, lo que hay que hacer es restaurar el crecimiento económico y aumentar cada vez más las cantidades producidas; esta sobreproducción no tiene ningún sentido, no consigue el pleno empleo y, encima, compromete gravemente las condiciones de supervivencia del planeta.»
- Referencia a Keynes (Conferencia en Madrid en … 1930!): «en sus Perspectivas económicas para nuestros nietos que sus nietos (es decir, nuestra generación) deberían liberarse de la coacción económica, trabajar 15 horas semanales y tender a una mayor solidaridad que permitiese compartir el nivel de producción ya alcanzado. No hacerlo así, según él, nos llevaría a caer en una depresión nerviosa universal.
- Un modo de vida más frugal, que se tomara en serio los valores humanistas y tuviese en cuenta la belleza, conduciría a producir menos pero con mejor calidad. Una producción de calidad pide habilidad y tiempo, y ofrecería empleos numerosos y más gratificantes.
La usabilidad en el DNI electrónico
Jornada eAdministracion (eGovernment)
El 25 de febrero de 2009 tiene lugar en el Centro de Postgrado de la Universidad Alfonso X la jornada “eAdministración-eGovernment”. Podeis descargaros el programa en PDF aquí.
Xerrades d’eFactura a Barcelona


Desprès de fer moltes de xerrades sobre signatura i factura electrònica arreu de l’estat espanyol, la setmana vinent m’en toquen tres de seguides a Barcelona (és que no tenim mesura):
- El proper dimarts 21 d’octubre participaré amb l’Apol·lònia Martínez Nadal al Taller Jurídic organitzat per Aposta sobre Factura Electrónica. (Aplaçat al 26 de novembre!!).
- El dimecres 22 d’octubre, organitzat per SER Solutions, parlaré de Digitalització Certificada de factures al seminari que organitcen sobre Expedients Electrònics.
- I finalment, el dijous 23 d’octubre participaré a la Jornada d’eFactura organitzada per ASIMELEC i PIMEC.
